La Federación Odontológica de la Provincia de Córdoba (F.O.P.C.) estableció, mediante la Resolución N.º 89/2026, un nuevo requisito para los profesionales odontólogos federados que soliciten beneficios del Departamento de Asistencia Social Odontológica (D.A.S.O.).
A partir de esta resolución, para acceder a cualquiera de los beneficios contemplados por el D.A.S.O., el profesional deberá encontrarse al día con sus obligaciones mensuales ante la F.O.P.C.
La medida alcanza a los distintos beneficios previstos por el sistema, entre ellos:
- Subsidio por enfermedad.
- Subsidio por nacimiento/adopción.
- Subsidio por asistencia familiar.
- Subsidio por fallecimiento.
- Fondo compensador.
- Reintegro de farmacia.
La resolución establece que se considerará que un profesional “registra deuda” cuando mantenga obligaciones mensuales vencidas e impagas a la fecha de presentación de la solicitud del beneficio. En esos casos, no podrá ser beneficiario del beneficio solicitado.
Asimismo, la normativa aclara que esta disposición no establece ningún mecanismo de compensación entre las sumas adeudadas por el profesional y el importe del beneficio solicitado.
La Resolución N.º 89/2026 fue aprobada por el Comité Ejecutivo de la Federación Odontológica de la Provincia de Córdoba el 25 de septiembre de 2026, mediante Acta N.º 838.